martes, 25 de septiembre de 2012

Etiquetado libre de gluten

¿Existe una ley para etiquetado libre de gluten en
El Salvador?

Es muy probable que usted se haya preguntado si en El Salvador existe una ley para que los productos sean etiquetados correctamente cuando sean libres de gluten, la realidad es que actualmente está vigente la norma salvadoreña NSR 67.00.100:99 "Norma para Alimentos Libres de Gluten", la cual establece en el número 2.2.2:
Para los fines de esta norma por "exento de gluten" se entiende que el contenido total en nitrógeno de los granos de cereal que contienen gluten, empleados en el producto no exceden de 0,05 g por 100 g de esos granos expresados como materia seca.

Lamentablemente, en perjuicio de la salud de los celíacos y sensibles de este país, la norma antes citada tiene, al menos, tres deficiencias principales: 
1.     Es una norma recomendable, es decir que en El Salvador actualmente no es de obligatorio cumplimiento etiquetar los alimentos para indicar que son libres de gluten.
2.     El campo de aplicación de la norma es limitado ya que solo se incluye a los alimentos elaborados especialmente para satisfacer las necesidades de las personas que no toleran el gluten. Y debió incluir también los alimentos e ingredientes naturalmente exentos de gluten porque de esta forma se estará garantizando el derecho a la información para las personas que tiene una dieta sin gluten.
3.     El límite para considerar un alimento libre de gluten es de 0,05g por 100 gr, que equivale a 500 mg/Kg. Según los criterios vigentes definidos por expertos en el mundo en esta materia y vigentes en España[i] y Argentina[ii] coinciden en que 10 mg/Kg (10 partes por millón -ppm) es el límite tolerable para considerar un producto como libre de gluten.